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The Finance Council
I. Purpose: In 537 of the Code of Canon Law mandates a finance council in each parish. the Archdiocesan Administrative Manual, Chapter V, says: The primary purpose of the Finance Council is consultative, to help the pastor with parish financial administration of its goods.
Consejo de Finanzas
I. Propósito: El Canon 537 del Código de Derecho Canónico exige un consejo financiero en cada parroquia. el Manual Administrativo Arquidiocesano, Capítulo V, dice que el propósito principal del Consejo de Finanzas es consultivo. ayuda al párroco con la administración financiera de los bienes parroquiales.
II. Funciones
- 1. Asistir al párroco en la administración de los bienes parroquiales de acuerdo con las normas de los Cánones 1281 a 1288.
2.Asistir al pastor en la preparación de un presupuesto anual de ingresos y gastos. Se debe compartir una descripción general del presupuesto propuesto con el Consejo Pastoral.
3. Asistir al párroco en la preparación del informe financiero anual requerido de ingresos y gastos para su difusión a los feligreses.
4. Revisar trimestralmente los estados financieros y el presupuesto. Proporcionar un informe general de gastos versus presupuesto del año hasta la fecha al Consejo Pastoral trimestralmente.
5. Estudiar los ingresos parroquiales y hacer recomendaciones para aumentar los ingresos para cumplir con las metas y prioridades tanto de la parroquia como de la arquidiócesis. Fomentar el apoyo a los programas de administración parroquial y arquidiocesana. Además, la parroquia debería tener programas anuales de administración de tiempo, talento y tesoro.
6. Anualmente, con el párroco, complete el cuestionario de la parroquia/escuela y envíe los resultados a la Oficina Arquidiocesana del Auditor Interno.
III. Membresía:
1. Cada consejo debe determinar su liderazgo mediante un proceso apropiado. El liderazgo debe incluir:
- a. Presidente
- b. Vicepresidente
- c. Grabadora
2. Los miembros son nombrados por el pastor por un período de tres años renovable o hasta que haya un cambio en el pastorado.
3. Si el párroco retira a un miembro del Consejo por una razón grave, se debe notificar al Director Financiero (CFO) de la Arquidiócesis.
4. Quedan excluidas de la membresía las personas que pudieran tener un conflicto de intereses por dicha afiliación. Tampoco son elegibles para ser miembros los miembros del personal ni los familiares cercanos del pastor. El contable y/o el administrador deberán asistir al menos a parte de las reuniones para dar explicación a cualquier cuestión financiera.
5. El Presidente del Consejo de Finanzas debe asistir a las reuniones del Consejo Pastoral cuando los aportes permitan al Consejo de Finanzas cumplir con sus responsabilidades.